Aziel Figueroa Betancourt / noticias@laverdad.com
La garantía del
voto paritario para estudiantes, docentes y trabajadores al momento de
escoger las autoridades de las universidades autónomas del país,
consagrada en la modificación del artículo 109 de la reforma
constitucional, convertiría las elecciones en procesos
desproporcionados según opinó Andrés Quijada, decano de la Facultad de
Ciencias Políticas y Jurídicas de la Universidad del Zulia (LUZ).
De aprobarse el
proyecto presidencial, los estudiantes tendrían potestad para colocar a
los representantes rectorales y decanales por encima del resto de los
miembros de la comunidad universitaria porque son mayoría. En el caso
de LUZ, la población estudiantil es de casi 50 mil alumnos, mientras
que el personal docente y empleados no alcanza las 20 mil personas.
"Al principio
pensamos que la modificación incluiría un porcentaje, por ejemplo, un
33,33 por ciento para cada sector de la comunidad. Pero si la
proporción de los votos se individualiza, quienes pondrían a las
autoridades serían los estudiantes. Esto no sería equilibrado".
A juicio del
decano, no puede haber paridad absoluta sino que debe existir una
proporción racional pues los estudiantes siempre van a ser mayoría. La
ley de Universidades otorga un 25 por ciento de representación
estudiantil y un 75 a los profesores, es decir, por cada cuatro votos
uno era del alumnado.
Estudiantes transitorios
La madurez
académica es otro aspecto a considerar al momento de determinar esa
proporción, expresó Quijada, porque los profesores e investigadores
universitarios viven un proceso de formación dentro de las
instituciones de educación superior que en algunos casos implica hasta
25 años de servicio de acuerdo a la categoría.
"Deberíamos ser
nosotros quienes tuviéramos el mayor peso en la decisión. Los
estudiantes son más transitorios que nosotros porque nos cultivamos en
la universidad. Ellos permanecen sólo cinco años por carrera en
promedio". Con la reforma, los docentes podrán sufragar desde la
categoría instructor hasta titular.
El voto de los
trabajadores es válido que se incluya pero tampoco en un porcentaje
igualitario a docentes y estudiantes. El artículo reformado reconoce la
incorporación del personal administrativo y obrero como integrantes
plenos con derechos de la comunidad universitaria, lo cual para Andrés
Quijada representa un reconocimiento justo a su labor sin la cual sería
imposible garantizar la consecución del proceso académico que vive la
universidad.
Autonomía no peligra
El tema de
una posible amenaza al principio de la autonomía universitaria
consagrado en la Carta Magna de 1999 no halla cabida en la reforma. El
decano de la Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas explicó que los
cambios propuestos en el artículo 109 no reflejan ningún tipo de
peligro sobre la materia, pues continúa consagrando su carácter
jerárquico concordante a lo establecido en la constitución aún vigente.
La propuesta del
presidente señala que "el Estado reconoce la autonomía universitaria
como principio y jerarquía que permite a los profesores, profesoras,
estudiantes, egresados y egresadas de su comunidad dedicarse a la
búsqueda del conocimiento a través de la investigación científica,
humanística y tecnológica, para beneficio espiritual y material de la
nación".