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  Zulia
Propuesta de reforma afectaría elecciones en LUZ

Aziel Figueroa Betancourt / noticias@laverdad.com

La garantía del voto paritario para estudiantes, docentes y trabajadores al momento de escoger las autoridades de las universidades autónomas del país, consagrada en la modificación del artículo 109 de la reforma constitucional, convertiría las elecciones en procesos desproporcionados según opinó Andrés Quijada, decano de la Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas de la Universidad del Zulia (LUZ).

De aprobarse el proyecto presidencial, los estudiantes tendrían potestad para colocar a los representantes rectorales y decanales por encima del resto de los miembros de la comunidad universitaria porque son mayoría. En el caso de LUZ, la población estudiantil es de casi 50 mil alumnos, mientras que el personal docente y empleados no alcanza las 20 mil personas.

"Al principio pensamos que la modificación incluiría un porcentaje, por ejemplo, un 33,33 por ciento para cada sector de la comunidad. Pero si la proporción de los votos se individualiza, quienes pondrían a las autoridades serían los estudiantes. Esto no sería equilibrado".

A juicio del decano, no puede haber paridad absoluta sino que debe existir una proporción racional pues los estudiantes siempre van a ser mayoría. La ley de Universidades otorga un 25 por ciento de representación estudiantil y un 75 a los profesores, es decir, por cada cuatro votos uno era del alumnado.

Estudiantes transitorios

La madurez académica es otro aspecto a considerar al momento de determinar esa proporción, expresó Quijada, porque los profesores e investigadores universitarios viven un proceso de formación dentro de las instituciones de educación superior que en algunos casos implica hasta 25 años de servicio de acuerdo a la categoría.

"Deberíamos ser nosotros quienes tuviéramos el mayor peso en la decisión. Los estudiantes son más transitorios que nosotros porque nos cultivamos en la universidad. Ellos permanecen sólo cinco años por carrera en promedio". Con la reforma, los docentes podrán sufragar desde la categoría instructor hasta titular.

El voto de los trabajadores es válido que se incluya pero tampoco en un porcentaje igualitario a docentes y estudiantes. El artículo reformado reconoce la incorporación del personal administrativo y obrero como integrantes plenos con derechos de la comunidad universitaria, lo cual para Andrés Quijada representa un reconocimiento justo a su labor sin la cual sería imposible garantizar la consecución del proceso académico que vive la universidad.

Autonomía no peligra

El tema de una posible amenaza al principio de la autonomía universitaria consagrado en la Carta Magna de 1999 no halla cabida en la reforma. El decano de la Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas explicó que los cambios propuestos en el artículo 109 no reflejan ningún tipo de peligro sobre la materia, pues continúa consagrando su carácter jerárquico concordante a lo establecido en la constitución aún vigente.

La propuesta del presidente señala que "el Estado reconoce la autonomía universitaria como principio y jerarquía que permite a los profesores, profesoras, estudiantes, egresados y egresadas de su comunidad dedicarse a la búsqueda del conocimiento a través de la investigación científica, humanística y tecnológica, para beneficio espiritual y material de la nación".


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