Vanessa Casanova/VAD 20 de enero de 2008

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En comunicado público, el director de la Oficina de Planificación del Sector Universitario (Opsu), Antonio Castejón, rechazó la propuesta de los gremios de trabajadores de LUZ, avalada por el Consejo Universitario (CU), de recalcular el Bono de Fin de Año con la fórmula Apuz-LUZ, establecida en los convenios colectivos.
Dicha solicitud, llevada el pasado 11 de diciembre a la Opsu, fue acompañada de la data con el cálculo de la diferencia del monto cancelado en el 2007 (que significaría entre un 40% y 45% adicional sobre el pago reconocido por la Opsu) y la argumentación jurídica de rigor. En aquella ocasión, el CU se pronunció a favor de la defensa de los intereses de los trabajadores de LUZ y expresó su total apoyo a la lucha gremial, aun cuando aclaró que LUZ no disponía de los recursos para cancelar dicha diferencia, calculada en aproximadamente 60 millones de bolívares fuertes (Bs. 60 millardos).
En respuesta a esta petición, el director de la Opsu ratificó al Rector de LUZ, Leonardo Atencio, que "el instrumento normativo con respecto a los beneficios laborales del Personal Docente, Administrativo y Obrero de las universidades nacionales son las Normas de Homologación, por tanto, a partir de la fecha en que se definen los componentes del salario integral, en este caso, para el cálculo del bono de fin de año 2007, debe aplicarse la fórmula aprobada por el CNU (Consejo Nacional de Universidades)".

El director de la Opsu, Antonio Castejón, ratificó la posición del ente técnico central de no reconocer la aplicación de la fórmula Apuz en el cálculo de los bonos vacacional y de fin de año (Foto: Prensa ULA).
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Castejón recordó a los miembros del CU que "los elementos que originaban diferencias en las universidades nacionales con respecto a los beneficios laborales eran los componentes a considerar en el salario integral, lo que produjo incompatibilidad en las normas legales en cuanto a los efectos de la incidencia de esos componentes en los cálculos, como es el caso del bono vacacional y el bono de fin de año. Para homologar estas condiciones, en fecha 20/06/01, según Resolución No. 5 Acta No. 393, el Consejo Nacional de Universidades estableció y aprobó la fórmula de cálculo de los bonos vacacional y de fin de año, así como los conceptos de salario integral a los efectos de cálculo de las prestaciones sociales".
En el oficio, Castejón explicó que existe discrepancia en la definición del salario integral aprobado por LUZ y la definición del salario aprobada por el CNU, y que al considerarse la incidencia de las cuotas partes de los dos bonos recibidos para el cálculo de un nuevo bono vacacional o bono de fin de año se estaría incumpliendo la Ley Orgánica del Trabajo, que establece que "en la base del cálculo de los conceptos que integran en el salario ninguno de ellos será tomado en consideración para producir efecto sobre sí mismo".
Sin sorpresa
Al ser consultada sobre los argumentos expuestos por Castejón, la presidenta de la Asociación de Profesores Universitarios de LUZ (Apuz), Gladys de Marval, manifestó que el gremio recibió la noticia sin sorpresa alguna. "Castejón nos dio la misma respuesta de Luis Fuenmayor Toro en el año 2001 cuando era director de la Opsu. Esa respuesta la Apuz la rechazó de plano desde el punto de vista legal", expresó Marval.
"La explicación que da Castejón es un argumento basado en que el CNU aprobó un concepto de salario para todas las universidades, lo que sucede es que cuando aprobó ese concepto de salario ya Apuz tenía otro aprobado desde 1992. Entonces es ilógico pretender aplicar de manera retroactiva un concepto que no existía en la Universidad y que no va a mejorar sino a desmejorar las condiciones de los trabajadores", indicó la dirigente gremial.
Por si fuera poco, recalcó la presidenta del gremio profesoral, el ministro del poder popular para la Educación Superior, Luis Acuña, señaló el año pasado en comunicado de prensa la disposición de pagar el bono de fin de año a los trabajadores universitarios tomando en cuenta tres meses de salario integral, sin especificar el tipo de salario. "Lógicamente, nosotros que tenemos un concepto de salario establecido en nuestra acta convenio consideramos que se debe aplicar el de la fórmula Apuz. En ningún momento el ministro señaló que eran '30 días de concepto de salario integral vigente desde el 2001 según resolución del CNU, etcétera'. En razón de eso consideramos la pertinencia de este reclamo, y nos sumamos a la solicitud de los otros dos gremios hermanos, de trabajadores administrativos y obreros".
Según aclaró Marval, LUZ nunca ha dejado de cancelar del bono vacacional y el bono de fin de año siguiendo la fórmula Apuz, para lo cual la Universidad ha tenido que aportar la diferencia con recursos propios. "LUZ siempre ha respetado el pago de esos bonos con nuestra fórmula. Lo que sucede es que, como en este momento se eleva significativamente la diferencia por no equivalencia con fórmula CNU, la Universidad recurrió ante la Opsu para manifestar que los trabajadores exigimos el pago de los 90 días y que LUZ no tiene recursos para cumplir con este compromiso".
Los gremios, manifestó Marval, no bajarán la guardia en su lucha, que inició desde la aprobación de la fórmula Opsu para el cálculo del sueldo integral, en vigencia a partir del año 2002. "Desde ese entonces hemos visitado las instancias en el nivel central, como la Asamblea Nacional, reclamando nuestro derecho de que se aplique la fórmula Apuz. Incluso introdujimos el año pasado ante el Tribunal Supremo de Justicia un recurso de interpretación sobre esa materia, que hasta ahora no ha tenido respuesta", relató.